“guía práctica para el turismo argentino” recomendaciones de la cancillería argentina para los argentinos que viajen al ext

“Guía Práctica para el turismo argentino”
Recomendaciones de la Cancillería Argentina para los Argentinos
que viajen al exterior

Como cada verano, la Cancillería ha confeccionado para aquellos argentinos
que eligen en sus vacaciones destinos turísticos en el exterior, una “Guía
Práctica para el turismo argentino”, con recomendaciones para tener en
cuenta:
¿Qué documentación es importante? En el caso de los países limítrofes,
podrá cruzarse al país vecino con los tres documentos: DNI, cédula o
pasaporte. En el resto del mundo, únicamente se podrá viajar con el
pasaporte. En ambos casos, es importante constatar, en primer lugar, que el
pasaporte no se encuentre vencido.
En segundo término, se recuerda que, a pesar de estar vigente en el
momento en que se comienza el viaje, el pasaporte deberá seguir siendo
válido, al menos, por los siguientes meses. Hay que tener en cuenta que esto
último varía según el destino que se elija, por lo que resulta recomendable
tomar contacto con la Embajada o el Consulado del país o países que se
quieran visitar. (Se podrán encontrar los teléfonos de todas las
representaciones extranjeras en nuestro país en la página web de la
Cancillería argentina: www.cancilleria.gov.ar)
Por otro lado, no hay que olvidar exigir tanto al ingresar como al salir del país
que se visita, el sellado del pasaporte o la entrega de la tarjeta migratoria con
los sellos de entrada y salida para evitar multas o complicaciones futuras.
Es importante, además, respetar el período de permanencia autorizado y la
categoría de ingreso permitida.
Cuando se viaja con menores, hay que tener en cuenta lo siguiente:
1. Si el menor viaja con ambos padres, la autoridad migratoria argentina les
exigirá, para permitir que el menor salga del país, la partida de nacimiento o la
libreta de matrimonio a efectos de probar el vínculo, a fin de acreditar que ellos
son efectivamente sus padres.
2. Si el menor viaja con uno de los padres, la autoridad migratoria exigirá, para
que pueda salir del país, el permiso o venia de viaje, (que se tramita ante
escribano público) por el cual el otro padre autoriza al menor a salir del territorio
argentino.
3. Si el menor viaja solo, la autoridad migratoria exigirá el permiso o venia de
viaje firmado por ambos padres (es recomendable incluir en el permiso,
además, la autorización para tramitar un nuevo pasaporte en caso de robo o
extravío)

Una buena medida a tomar antes de viajar consiste en sacar fotocopia de los
documentos que se lleven al exterior. Esto resulta conveniente por dos motivos:
en primer lugar, si el turista pierde su pasaporte o DNI, la fotocopia le facilitará
al consulado argentino la tarea para expedir un nuevo documento de viaje; en
segundo lugar, no es necesario -en general- circular por la ciudad del país
extranjero (aunque sí para salir de él hacia otro destino o para tomar un avión)
con el pasaporte original: se puede hacerlo portando la fotocopia y dejando a
resguardo (en el hotel, por ejemplo) el documento de viaje original,
ahorrándose así el disgusto de una posible pérdida.
· Seguros de viajero
Los sistemas públicos de salud de otros países no siempre dan respuesta. Por
ello resulta conveniente contratar, antes de viajar, un seguro de cobertura
médica en el exterior para todo el grupo familiar. Este tipo de cobertura cubre,
también, en casos de accidentes u otros servicios excepcionales, el traslado
del paciente en avión sanitario hacia la Argentina en casos de emergencia.
· Aspectos aduaneros a tener en cuenta.

El turista deberá informarse previamente en el Consulado o en la Embajada del
país que visitará acerca de los requisitos migratorios: principalmente los
sanitarios (vacunas a aplicarse, por ejemplo), el ingreso con mascotas
(presentación de certificados de salud y vacunas exigidos por las autoridades
sanitarias extranjeras) y de productos alimenticios que no permiten ingresar
(animales, vegetales, frutas y productos no envasados, entre otros), así como
también las exigencias que atañen al ingreso de vehículos.
· Autos

En caso de que el turista se traslade con su automóvil hacia los países
limítrofes, hay que tener en cuenta que existen una serie de condiciones que el
propietario o conductor del auto debe cumplir. Las condiciones podrán saberse
también en el Consulado o la Embajada correspondiente. Asimismo es
indispensable contratar un seguro contra terceros –como mínimo- que tenga
validez y que la compañía aseguradora cuente con su corresponsal en el país
que se visita.
Antes de emprender el viaje en auto, es conveniente asegurarse que la licencia
de conducir se encuentre vigente y sea válida en el país que se visita (en este
sentido, es recomendable obtener previamente la licencia internacional de
conductor), además de informarse acerca de las leyes o reglas de tránsito que
rigen en el país de destino.
En algunos casos, se ha comprobado que el no pago de las multas o
infracciones de tránsito ocasionaron demoras en la salida del país.

· Actividades de los consulados argentinos en el exterior

Los consulados de nuestro país en el exterior tienen la función de asistir a los
argentinos que se encuentran en el exterior, ya sea como residentes o sea en
calidad de turistas.
De todas formas, y en el marco de la normativa vigente, los cónsules no están
facultados para ofrecer cualquier tipo de asistencia. En este sentido, los
cónsules están facultados para asistir a personas accidentadas, dar aviso a
parientes allegados sobre accidentes, fallecimientos o situaciones de
catástrofe, velar por los intereses de los argentinos menores, permitir la
dirección postal de la oficina consular para la recepción de la correspondencia
particular y brindar asesoramiento cuando éste le sea requerido.
En el ámbito administrativo, pueden extender la documentación de viaje (en el
caso, por ejemplo, de pérdida del pasaporte por parte de algún turista) y
autorizar todos los actos que pueden efectuar los escribanos públicos en
nuestro país. Asimismo, los consulados se interesan por los argentinos
detenidos o condenados, procurando que dispongan de una defensa en un
posible juicio y repatriar a la Argentina ciudadanos argentinos cuyos casos
están contemplados en el reglamento consular.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que el cónsul no puede ser parte de un
proceso judicial ni solicitar para el connacional un tratamiento distinto del que
reciben los nacionales del país de destino en cárceles y hospitales, ni
proporcionar asistencia letrada.
Los consulados tampoco pueden actuar como agente de viaje, línea aérea,
banco u otra entidad, ni constituirse en garante o fiador, es decir, proporcionar
dinero o asumir cuentas de terceros.
Es muy importante aclarar que los consulados no proveen dinero, pasajes o
alojamientos en caso de contingencias como hurtos, robos pérdidas de efectos
personales, accidentes o enfermedades.
· Sugerencias varias

Por último, existen algunas recomendaciones que, aunque obedezcan al
sentido común y sean tal vez redundantes, la experiencia indica que es
pertinente mencionarlas, ya que suelen ser olvidadas por un gran porcentaje de
turistas. El hecho de tenerlas en cuenta, puede evitar situaciones engorrosas y
hasta desagradables.
Algunas de ellas son:
1. Evitar viajar con todo el dinero en efectivo
2. Evitar transportar efectos de terceros al cruzar las fronteras.

3. No descuidar el equipaje u objetos de valor (en particular en aeropuertos y
lugares de gran afluencia de público; tampoco dejarlos en el vehículo)
4. No circular –y menos en horarios nocturnos– por lugares alejados o poco
transitados; detenerse sólo en lugares públicos, iluminados y frecuentados por
otros viajeros
5. Nunca transportar efectos de terceros y menos aún al cruzar las fronteras o
en aeropuertos.
6. Contar con teléfonos de familiares o amigos en la República para
comunicarse en caso de ser necesario, así como informar a éstos de los sitios
a visitar.
7. Llevar por separado los datos de las tarjetas de créditos y de los teléfonos
donde denunciar su hurto y extravío, como así también, la fotocopia de los
documentos de viaje, autorización de viaje de menores, contacto con la
compañía de seguros en caso de emergencia, entre otros.
8. Tener presente y tomar las previsiones para el pago de la tasa de embarque
de regreso al país.
9. Es importante contar con moneda local y/o divisas, para evitar problemas
con el cambio al momento del arribo a destino.
10. Se sugiere averiguar antes de iniciar el viaje las direcciones y números
telefónicos de los consulados argentinos en los países/ciudades a visitar (que
pueden encontrarse en la página web: www.cancillería.gov.ar)
11. Teniendo en cuenta que la legislación del país de destino pueda diferir de la
vigente en nuestro país se recomienda tener presente y respetar las siguientes
normas: de tránsito (exceso de velocidad, traspaso de vehículos, uso de
cinturones de seguridad, carteles "PARE" y "Ceda el Paso", franjas peatonales,
encendido de luces en carreteras, estacionamiento, etc); de consumo de
bebidas alcohólicas; de tenencia o ingreso de armas.
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2007

Source: http://www.cocacola.ag/02_Tramit/PagRel/GuiaTurismo.pdf

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